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Resumen del procedimiento

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha convocado con fecha 10 de diciembre de 2025, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, las ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español, dentro del Programa «2% Cultural».

Tanto el procedimiento como los criterios para la selección y priorización de las actuaciones que soliciten financiación con estos fondos, se establecen en la Orden FOM/1932/2014 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por las Entidades del sector público dependientes o vinculadas.

El plazo de presentación de solicitudes abarcará del 15 de diciembre de 2025 hasta el 18 de febrero de 2026, ambas fechas incluidas.

La solicitud deberá ir acompañada de la documentación establecida en el artículo 4.1. Para mayor claridad sobre la documentación a presentar puede descargar la guía para la correcta presentación de la solicitud.  De igual forma, se facilitan determinados modelos de documentos de obligada presentación, los cuales se pueden descargar en el apartado de Documentación de Ayuda.

Como norma general, de acuerdo con el Art. 14 de la Ley 39/2015, las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, preferentemente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, o alternativamente, por cualquier otro registro público electrónico conforme al Art. 16 de la citada ley.

Los criterios de admisión de solicitudes son los establecidos en los Arts. 2 y 3 de la mencionada Orden FOM/1932/2014, de 30 de septiembre; las solicitudes admitidas serán valoradas por una Comisión de Valoración conforme a los criterios previstos en su artículo 7, y el procedimiento de otorgamiento de las ayudas se regula en los artículos 8 y 9 de la misma norma.

Pasos para tramitar la solicitud de la ayuda


A la hora de tramitar la solicitud de ayudas a través de la Sede Electrónica, se seguirán los siguientes pasos:

1. Descarga los modelos de documentos obligatorios y prepara toda la documentación necesaria y exigida con antelación. Para conocer qué documentación exacta debes presentar, puedes descargar la “Guía para la correcta presentación de la documentación asociada a la solitud” en el apartado “Documentación de ayuda”

2. Pulsa sobre “Acceder al procedimiento” e identifícate electrónicamente, para lo cual deberás disponer de un certificado digital en vigor o bien utilizar alguno de los métodos permitidos. Para presentar la solicitud puedes seguir la “Guia para la correcta presentación de la solicitud” en “Documentación de ayuda” 

a.    Si has entrado con el certificado digital de la entidad (ayuntamiento, entidad privada, etc.) deberás marcar la casilla de que actúas “en nombre propio”. 
b.    Si has entrado con tu certificado personal, deberás marcar que actúas “en representación de la entidad solicitante de la ayuda”. En el caso de que no estés dado de alta en el Registro de Apoderamientos (Aporder@), podrás acreditar la representación de las siguientes formas:

i.    Si eres el máximo representante de la entidad solicitante, deberás aportar documento acreditativo del nombramiento. 
ii.    Si NO eres el máximo representante, deberás aportar el modelo facilitado, firmado por el máximo representante legal de la entidad, mediante el cual, te autoriza a presentar la solicitud en nombre de la misma.

3. Una vez evacuado el trámite anterior deberás rellenar los campos que forman la solicitud.

4. A continuación, deberás adjuntar la documentación indicada en cada uno de los apartados correspondientes de acuerdo con el artículo 4.1 de la FOM/1932/2014. Se recuerda que el título de cada documento deberá corresponder con el que se indica en la guía para la correcta presentación de la ayuda y que para algunos de ellos debe utilizarse el modelo facilitado. El límite para cada documento es de 8MB y deberá ceñirse a los formatos de documento especificados (PDF, etc). 

5. Por último, deberás firmar y enviar la instancia. El proceso de solicitud concluye una vez firmada y enviada dicha solicitud. Deberás conservar la solicitud presentada y el justificante generado automáticamente para cualquier consulta sobre el procedimiento. 

En el caso de que no puedas concluir la solicitud, puedes guardar borrador de esta y acceder más tarde desde tu "Área privada", en el apartado “Mis expedientes”.

Se abrirá un trámite por cada solicitud presentada. Para poder acceder a aquella, debes acceder a tu "Área privada", en el apartado “Mis expedientes”.

Modelos obligatorios


Modelos para la presentación de la solicitud.

Otros modelos

Documentación de ayuda


Marco legal


Convocatoria

Bases reguladoras de la convocatoria

  • Orden FOM/1932/2014 de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por la Entidades del sector público dependientes o vinculadas.

Otra normativa de aplicación

Acceder al procedimiento en línea

Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.

Rellenar el formulario

Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.

Comprobar el estado del expediente

Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".

Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3

Unidades y Oficinas en DIR3

Oficinas de Registro Cl@ve

Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve

Registro Electrónico General

Acceso al Registro Electrónico General

  1. Elija el procedimiento a partir del menú superior, o del que aparece en el pie.
  2. Autenticarse tras pulsar sobre el botón ACCEDA que le conduce al acceso por Cl@ve.
  3. Tras autenticarse por alguno de los métodos de Cl@ve se le dará acceso a un formulario.
  4. Cumplimentar el formulario correspondiente.
  5. La aplicación les informará por correo electrónico del inicio de su procedimiento tras acabar el trámite.
  6. Tras acabar el trámite, la aplicación les puede proporcionar un justificante de registro y una copia (auténtica) de solicitud con un CSV (Código Seguro de Verificación).
  7. Posteriormente en el menú Mis expedientes podrá recuperar su solicitud, las comunicaciones, Requerimientos o Resolución, etc.

El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.

Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.

 Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide

En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".

Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.

Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.

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