Desde este procedimiento podrá presentar solicitudes para participar en las convocatorias públicas de alquiler asequible de viviendas. A través de ellas podrá optar a un sorteo para la adjudicación de alquileres a precios asequibles del parque de viviendas de CASA47, mediante contratos de arrendamiento de larga duración y prorrogables, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos.
Aunque por seguridad y agilidad del proceso se recomienda la presentación electrónica de las solicitudes, también pueden presentarse presencialmente en una oficina de asistencia de registro de la Administración General del Estado o por correo postal, mediante la cumplimentación del formulario correspondiente.
Una vez recibido el formulario de solicitud, la Dirección del Parque de Vivienda Asequible de CASA47 tramitará su solicitud y, tras la celebración del sorteo, le informará de si ha obtenido la adjudicación provisional de alguna de las viviendas solicitadas o si pasa a formar parte de la lista de reserva. Asimismo, podrá requerirle la presentación de documentación adicional que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Guía para la presentación de la solicitud
¿QUE ME VAN A PREGUNTAR EN EL FORMULARIO DE SOLICITUD?
El presente formulario de solicitud está dividido en 6 partes:
- En la primera parte (página 0) se cargan los datos de tu certificado digital, y se te solicitan tus datos de contacto (dirección de correo electrónico, teléfono y dirección postal).
- En la segunda parte (página 1: DATOS DE LA PERSONA QUE REALIZA LA SOLICITUD) te pediremos tus datos (nombre, nº de DNI/NIE, fecha de nacimiento, nacionalidad, sexo y nivel de ingresos). Al final de la página debes marcar una declaración de que cumplís los requisitos de la convocatoria, y una autorización para que podamos consultar tus datos que estén en posesión de otras administraciones públicas (es opcional, pero recomendable, si no quieres que luego te solicitemos que aportes mucha documentación).
- En la tercera parte (página 2: DATOS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA) te pediremos estos mismos datos pero de las personas que vayan a vivir contigo en la vivienda. Además, deberás adjuntar una autorización firmada de cada persona que va a vivir en la vivienda en la que te autoriza a incluirte en esta solicitud. También debes marcar si estas personas nos autorizan a consultar sus datos en poder de otras administraciones públicas
- En la cuarta parte (Páginas 3 y 4: SELECCIÓN DE VIVIENDAS) podrás seleccionar las viviendas que te interesen, primero poniendo los números de referencia de las viviendas que te interesan, y si te pueden interesar más viviendas, después por características.
- En la quinta parte (Página 5: BREVES PREGUNTAS DE CLASIFICACIÓN) aparecen unas pocas preguntas relacionadas con tu situación actual con la vivienda, y las motivaciones para participar en esta convocatoria. No son de obligada cumplimentación, pero te pedimos que las contestes ya que nos ayudan para la planificación y gestión de nuestro parque público de vivienda.
- Finalmente aparece la política de protección de datos que rige todo el proceso.
¿QUE TENGO QUE TENER A MANO?
- Es recomendable que tengas a mano el número de DNI/NIE, y la Declaración de la Renta del año anterior (te vamos a pedir la casilla 435), tanto el tuyo, como del resto de las personas que vayan a vivir contigo, y que vas a incluir en esta solicitud.
- Si una persona no ha hecho la declaración de la renta, para saber sus ingresos anuales netos, puede pedir un ‘Certificado Negativo de IRPF’ a la Agencia Tributaria (o a las Haciendas Forales, en el caso de Euskadi y Navarra), o simplemente podéis sumar de todos los ingresos anuales que haya tenido, y restarle las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF que la hayan retenido. Si no ha tenido ingresos puede ser cero (0).
¿QUE DOCUMENTOS VOY A TENER QUE APORTAR / ADJUNTAR AHORA?
- Ahora solo tienes que adjuntar una autorización de cada una de las personas que van a vivir en la vivienda (y que sean mayores de edad) en la que te autorizan a incluirles en esta solicitud. Si se trata de una solicitud individual ahora NO tienes que aportar nada. Esta autorización te la puedes descargar para que la cumplimenten y firmen en el siguiente enlace: https://www.casa47.es/documents/d/guest/autorizacion-inclusion-convocatoria?download=true (NECESITAS UNA PARA CADA PERSONA)
- Si nos autorizas a consultar tus datos en poder de otras administraciones públicas es probable que luego NO tengas que aportar otra documentación, o muy poca, pero si no nos autorizas más adelante te pediremos que presentes: declaración de la renta (o ‘Certificado Negativo de IRPF’), Certificado de No Titularidad del Registro de la Propiedad, copia del DNI/NIE, una declaración Responsable de que tienes plena capacidad de obrar, y que no se estás incurso en ninguna prohibición para contratar (artículos 71 a 73 de la LCSP), y en algunos casos otros documentos en caso de que tengas una vivienda en propiedad, dentro de las excepciones que permiten las bases, que justifiquen que efectivamente esa vivienda cumple con los requisitos para ser una de estas excepciones.
SOLO PARA LA CONVOCATORIA DE ASTURIAS:
¿PARA PRESENTAR LA SOLICTUD TENGO QUE ESTAR INSCRITO/A EN EL REGISTRO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA (REDVIVA)?
- Las personas interesadas en la convocatoria de Asturias deben haber solicitado su inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida (REDVIVA) del Principado de Asturias como demandantes en alquiler en Mieres antes de presentar su solicitud ante CASA47.
- Si todavía NO te has inscrito, no te preocupes, todavía estás a tiempo, pero debes hacerlo antes de presentar formalmente la solicitud ante CASA47. Primero solicita tu inscripción en REDVIVA como demandante en alquiler en el Concejo de Mieres. Las inscripciones en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida (REDVIVA) del Principado de Asturias pueden realizarse de forma presencial o telemática. Toda la información sobre cómo inscribirse está disponible en el siguiente enlace: https://miprincipado.asturias.es/-/dboid-6269000001647456299500
- Una vez lo hayas hecho, presenta tu solicitud de vivienda en CASA 47: https://mivau.sede.gob.es/categoria?idCat=100049
Regulación legal
- Bases reguladoras y convocatorias específicas: https://www.casa47.es/normativa-arrendamiento
- Normas de comercialización de CASA47: https://www.casa47.es/contratación
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos
- Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas
- Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda
- Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler