Desde este procedimiento podrá formular quejas respecto a los servicios prestados por el Ministerio en cualquiera de sus sedes, centrales o periféricas, así como las iniciativas o sugerencias que se consideren útiles para mejorar la satisfacción de nuestros usuarios y, con ello, la relación de la ciudadanía con el Departamento.
Para la presentación de incidencias y consultas sobre asuntos relacionados con la vivienda que no constituyan una queja o sugerencia, por favor, use el formulario web habilitado en la siguiente dirección https://www.mivau.gob.es/vivienda/consultas-de-ayuda-en-materia-de-vivienda.
Las quejas y sugerencias pueden ser presentadas de forma presencial en una oficina de registro de la Administración General del Estado o por correo postal, mediante la cumplimentación del formulario correspondiente.
Recibido el formulario, la Unidad Responsable correspondiente deberá informar al ciudadano en el plazo de 20 días hábiles. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia.
En el supuesto de falta de contestación puede dirigirse a la Inspección General de Servicios, en P.º de la Castellana, 67, 28071 Madrid (artículo 16.3 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio) para conocer los motivos de la falta de contestación, siendo necesario que se referencie la queja presentada.
Las quejas formuladas no tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo ni su presentación paralizarán los plazos establecidos en la normativa vigente para imponerlos.
Las quejas no condicionan, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercer aquellos que se consideren interesados en el procedimiento.
Puede encontrar más información sobre este procedimiento en https://www.mivau.gob.es/el-ministerio/contacto/quejas-y-sugerencias.
Formulario en papel de quejas y sugerencias
Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.
Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.
Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".
Unidades y Oficinas en DIR3
Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve
Acceso al Registro Electrónico General
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.
Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.
Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide
En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.
Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.
Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Si continúa navegando consideramos que acepta su uso.